En el programa del lunes 26 de octubre, la columnista Andrea Blandini y Gabriel, conductor del programa, recibieron a las abogadas de familia Gisela Henberg y Roxana Mongelardi para analizar cómo funciona el Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI), el organismo que interviene en Mendoza cuando se vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes, y por qué muchas familias quedan sin posibilidad de defenderse.
«Mandalo al ETI»
Blandini recordó que en las escuelas se escucha con frecuencia la frase «hay que mandarlo al ETI», aunque pocos saben qué es ese organismo y cuál es su función.
Explicó que se trata de equipos interdisciplinarios, uno por departamento, integrados por trabajadores sociales, psicólogos y abogados. Intervienen cuando se detecta que un niño, niña o adolescente tiene sus derechos vulnerados: por ejemplo, ante ausencias reiteradas a la escuela o situaciones de descuido. Alrededor del ETI funcionan los juzgados de familia, la Dirección de Cuidados Alternativos (que gestiona los hogares), la fiscalía, las escuelas, los centros de salud y los municipios.
El ETI puede tomar medidas excepcionales, como separar a un niño de su familia, algo que según la ley debe ser verdaderamente excepcional. En ese caso, debe comunicarlo al juzgado de familia y trabajar en un plan para que el niño pueda volver lo antes posible a su hogar.
Desde su experiencia de 34 años como docente, Blandini contó que vio muchas derivaciones, sobre todo en escuelas de contextos vulnerables. Y señaló que siempre prefirió la visita domiciliaria y el acompañamiento antes que una derivación rápida.
Familias que no saben por qué
Gisela Henberg explicó que, ante una denuncia de un particular, un familiar, una escuela o un centro de salud, el ETI toma de inmediato una medida de protección o de excepción, según la gravedad del caso. A partir de ese momento, a las familias les cuesta mucho acceder al expediente y conocer el motivo de la denuncia. En muchos casos, ni siquiera saben dónde están sus hijos.
Según contó, los expedientes son de papel, muchas veces sin foliar ni firmar, y hay pericias e información a las que ni los propios abogados pueden acceder. Los chicos, además, muchas veces tampoco saben por qué fueron separados de su hogar.
«Es muy difícil compulsar ese expediente y darle una defensa correcta a la familia.» (Gisela Henberg)
Para la abogada, en ese proceso se vulneran garantías constitucionales y convencionales básicas, como el debido proceso y el derecho de defensa.
Informes que nadie puede revisar
Roxana Mongelardi, abogada especialista en derecho de familia, explicó que los informes del ETI no tienen el rigor técnico de los del Poder Judicial, porque provienen de un órgano administrativo. Los abogados no tienen acceso a lo que el organismo llama «legajo único», que además no cumple las formalidades de la ley de procedimiento administrativo. Tampoco es posible proponer un perito de parte.
El control de legalidad: forma, no fondo
Cuando un niño es separado de su familia, un juez de familia realiza un «control de legalidad». A pedido de Blandini, Henberg explicó en qué consiste: el juez revisa si se cumplieron los requisitos formales, pero no si la medida estuvo bien o mal tomada. Lo comparó con el juez de garantías que controla una detención, ya que, según las normas internacionales, alojar a un niño en un hogar también es una forma de privación de la libertad.
Medidas sin límite de tiempo
Mongelardi advirtió que muchas intervenciones ni siquiera llegan a un juez. Son las llamadas medidas de protección integral: la familia firma un papel en el que acepta, por ejemplo, que el niño viva con un familiar, que vaya a un hogar o una prohibición de acercamiento. Como hay consentimiento, no pasan por el control de legalidad.
Las medidas de excepción duran como máximo 90 días, renovables por otros 90. Pero las medidas de protección integral no tienen límite de tiempo. La abogada contó que conoció familias en las que se renovaron medidas hasta que los chicos cumplieron 18 años.
«Ya les vamos a llamar»
Gabriel preguntó cómo puede una familia conocer sus derechos cuando interviene el ETI. Mongelardi explicó que muchas veces no va a la casa un profesional sino un operador, un empleado administrativo sin formación en psicología ni trabajo social. Y que el abordaje, para ser real, tiene que ser en el territorio, donde está el centro de vida del niño.
Por eso, el proyecto que impulsan propone que, desde el primer día de intervención, se lea a las familias un acta con sus derechos: que pueden tener un abogado, que deben asesorarse y a qué organismos pueden recurrir. Que la firmen y reciban una copia. Hoy, según contó, les toman la entrevista y les dicen «ya les vamos a llamar». Y muchas veces nunca llaman.
La mirada de la columnista
Como docente, sé lo que significa ver a un chico que la está pasando mal. Proteger a la niñez es una obligación del Estado, y nadie discute que hay situaciones en las que hay que intervenir. Pero proteger también es explicar, acompañar y garantizar que las familias puedan defenderse. Una medida que separa a un niño de su hogar no puede tomarse a ciegas ni sostenerse sin control. Que una familia sepa por qué se toma una decisión y qué puede hacer es lo mínimo que le debemos.
Aviso: este es un programa de opinión y análisis. Los planteos, testimonios y cuestionamientos que compartimos corresponden a nuestra mirada y a la de quienes participan del programa, y no constituyen afirmaciones de hecho verificadas de forma independiente.
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